junio 15, 2012

Diputados Locales no cuentan para el 2%


Todos sabemos que los Partidos Políticos como el Verde Ecologista (PVEM), el del Trabajo (PT), Movimiento Ciudadano (MC) y Nueva Alianza (NA) están en riesgo si no alcanzan al menos el 2% de la votación, pero ¿A qué se refiere ese 2%?, aquí te lo explico. 

El Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales en sus artículos 32 y 101  mencionan que el Partido Político que no obtenga por lo menos el 2% de la votación en alguna de las elecciones federales ordinarias para Diputados, Senadores o Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, le será cancelado el registro y perderá todos los derechos y prerrogativas que establece este Código.

La cancelación o pérdida del registro extinguirá la personalidad jurídica del partido político, pero quienes hayan sido sus dirigentes y candidatos deberán cumplir las obligaciones que en materia de fiscalización establece este Código, hasta la conclusión de los procedimientos respectivos y de liquidación de su patrimonio.

El hecho de que un partido político no obtenga por lo menos el 2% (dos por ciento) de la votación emitida en alguna de las elecciones, no tiene efectos en relación con los triunfos que sus candidatos hayan obtenido en las elecciones nacionales según el principio de mayoría relativa, lo que quiere decir que se respeta a los representantes populares que lleguen, aun cuando desaparezca el partido político

Lo anterior sólo opera para dos supuestos:

1o. Debe tratarse de elecciones federales y;
2o. Sólo cuenta el voto para Candidatos a: Diputados Federales, Senadores y Presidente de la República.

Así las cosas, los Candidatos a Diputados Locales, Jefes Delegacionales, Presidentes Municipales y a los Gobiernos de algún Estado del país no forman parte del cómputo para conservar el registro como Partido Político.

Por otro lado, no olviden que el hecho de que desaparezca alguno de éstos "Partiditos Políticos" no implica un ahorro para los Ciudadanos, o bien, un ahorro para la Hacienda Pública Federal, pues el ingreso anual (prerrogativas) para los Partidos Políticos es uno solo, que se reparte en 3, 5 ó 7 Partidos Políticos, según determina el artículo 78 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, al encomendar al Consejo General del Instituto Federal Electoral determinar anualmente el monto total por distribuir entre los Partidos Políticos, multiplicando el número total de ciudadanos inscritos en el padrón electoral (alrededor de 78 millones de Ciudadanos), por el 65% (sesenta y cinco por ciento) del salario mínimo diario vigente para el Distrito Federal.  El resultado de la operación constituye el financiamiento público anual a los partidos políticos por sus actividades ordinarias permanentes.


Los verdaderos beneficiados con la desaparición de los "Partiditos Políticos" son los tres grandes Partidos, PRI , PAN  PRD, pues sus prerrogativas (dinero público) suben, en lugar de bajar, al dividirse entre 3 (tres), en lugar de entre 7 (siete) Partidos Políticos.

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